Corpus/LFT/Art. 440CivilLey federalArtículo 440Ley Federal del TrabajoVer ley completa →GuardarArtículo 440.- Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 440, Ley Federal del Trabajo.← AnteriorArt. 439Siguiente →Art. 441