Corpus/LFT/Art. 402CivilLey federalArtículo 402Ley Federal del TrabajoVer ley completa →GuardarArtículo 402.- Si firmado un contrato colectivo, un patrón se separa del sindicato que lo celebró, el contrato regirá, no obstante, las relaciones de aquel patrón con el sindicato o sindicatos de sus trabajadores.Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 402, Ley Federal del Trabajo.← AnteriorArt. 401Siguiente →Art. 403