Corpus/LFT/Art. 39CivilLey federalArtículo 39Ley Federal del TrabajoVer ley completa →GuardarArtículo 39.- Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 39, Ley Federal del Trabajo.← AnteriorArt. 38Siguiente →Art. 39#2