Corpus/Ley de la Guardia Nacional/Art. 1Guardia NacionalLey orgánicaArtículo 1Ley de la Guardia NacionalVer ley completa →GuardarArtículo 1. La presente Ley es de orden público, de aplicación en todo el territorio nacional, reglamentaria del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional.Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 1, Ley de la Guardia Nacional.Siguiente →Art. 2