Artículo 711. El procedimiento no se suspenderá mientras se tramite la denuncia de impedimento. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012 CAPITULO V De la Actuación de los Tribunales Capítulo reubicado y denominación reformada DOF 04-01-1980. Denominación reformada DOF 01-05-2019