Artículo 374.- Los sindicatos, federaciones y confederaciones, legalmente constituidos son personas morales y tienen capacidad para: Párrafo reformado DOF 01-05-2019 I. Adquirir bienes muebles; II. Adquirir los bienes inmuebles destinados inmediata y directamente al objeto de su institución; y III. Defender ante todas las autoridades sus derechos y ejercitar las acciones correspondientes. IV. Establecer mecanismos para fomentar el desarrollo y fortalecimiento de la economía de sus afiliados, y Fracción adicionada DOF 01-05-2019 V. Establecer y gestionar sociedades cooperativas y cajas de ahorro para sus afiliados, así como cualquier otra figura análoga.