Corpus/LFT/Art. 335CivilLey federalArtículo 335Ley Federal del TrabajoVer ley completa →GuardarArtículo 335.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a las personas trabajadoras del hogar. Artículo reformado DOF 21-01-1988, 02-07-2019Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 335, Ley Federal del Trabajo.← AnteriorArt. 334 BisSiguiente →Art. 336