Corpus/LFT/Art. 104CivilLey federalArtículo 104Ley Federal del TrabajoVer ley completa →GuardarArtículo 104.- Es nula la cesión de los salarios en favor del patrón o de terceras personas, cualquiera que sea la denominación o forma que se le dé.Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 104, Ley Federal del Trabajo.← AnteriorArt. 103 BisSiguiente →Art. 105