Artículo 57.- El trabajador podrá solicitar al Tribunal la modificación de las condiciones de trabajo, cuando el salario no sea remunerador o sea excesiva la jornada de trabajo o concurran circunstancias económicas que la justifiquen. Párrafo reformado DOF 01-05-2019 El patrón podrá solicitar la modificación cuando concurran circunstancias económicas que la justifiquen. CAPITULO II Jornada de trabajo