Corpus/Ley de la Guardia Nacional/Art. 123Guardia NacionalLey orgánicaArtículo 123Ley de la Guardia NacionalVer ley completa →GuardarArtículo 123 Constitucional, así como a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la demás normatividad aplicable.Cita oficialCopiarFormalAPA 7ChicagoMarkdownURLArtículo 123, Ley de la Guardia Nacional.← AnteriorArt. 36Siguiente →Art. 37